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UITA
Unificando los trabajadores agroalimentarios y de hosteler�a en todo el mundo


Una Carta de Derechos para los Trabajadores Migratorios en la Agricultura

Incluido en el sitio web de la UITA el 17-Jul-2003

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En el a�o 2002, el Congreso de la UITA aprob� una propuesta de la Conferencia del Grupo Profesional de Trabajadores Agr�colas, para iniciar a abordar el tremendo problema del trabajo migratorio en la agricultura mediante, entre otros instrumentos, la elaboraci�n de una carta de derechos para los trabajadores migratorios en el sector, como base para una campa�a por parte de los sindicatos. En consecuencia, la UITA y la IG Bau alemana llevaron a cabo, en Berl�n del 24 al 26 de junio, un taller internacional acerca de los/as trabajadores/as migratorios agr�colas y las tareas de los sindicatos. Participaron representantes de sindicatos agr�colas de Alemania, Egipto, Espa�a, Francia, Holanda, Moldavia, RU, Sud�frica, Suecia y Ucrania,

El taller centr� su atenci�n en torno a la presentaci�n y discusi�n de las diversas experiencias de los sindicatos en la organizaci�n de los trabajadores migratorios, con la meta de establecer una "pr�ctica �ptima" actual. Los presentes esfuerzos y enfoques respecto a la muy dif�cil tarea de defender y sindicalizar a los/as trabajadores/as migratorios var�an considerablemente de un pa�s al otro, e incluso de una cosecha a la otra, como tambi�n se diferencian el enfoque pol�tico e industrial sobre el problema y el grado de experiencia de las afiliadas de la UITA. Sin embargo, todos est�n de acuerdo en que la situaci�n frecuentemente desesperada de los/as trabajadores/as migratorios vulnerables y explotados en el sector deprime las normas para los/as trabajadores/as en su conjunto y debe ser atendida mediante la acci�n sindical a una gran variedad de niveles.

Por consiguiente, la reuni�n produjo un proyecto de carta de derechos de los/as trabajadores/as migratorios en la agricultura, cuyo texto se reproduce en la p�gina opuesta. El proyecto de carta, que debe a�n ser aprobado por los �rganos directivos de la UITA, servir� de base para la labor de la UITA sobre la cuesti�n de la migraci�n en el Simposio de la OIT sobre Trabajo Decente en la Agricultura, a efectuarse del 15 al 18 de setiembre, as� como para el debate sobre el trabajo migratorio en el seno de la OIT el pr�ximo a�o.

Trabajo decente e igualdad de trato


El trabajo no es una mercanc�a: la pobreza dondequiera que sea constituye un peligro a la prosperidad en todas partes (1)

Ning�n trabajador es un trabajador ilegal


Millones de trabajadores/as en la agricultura trabajan fuera de sus pa�ses de origen. Ellos/as tienen derecho al trabajo decente y a la igualdad de trato.
Estos derechos consisten en:

Estos derechos, aplicables a mujeres y hombres independientemente de su condici�n, son reconocidos en leyes internacionales, tales como los Convenios de la Organizaci�n Internacional del Trabajo y los Convenios de las Naciones Unidas.(4) Estos derechos est�n mejor protegidos mediante la afiliaci�n sindical, por lo cual es fundamental el derecho de asociarse a un sindicato.

Nosotros, en nuestra calidad de sindicatos que representan a los trabajadores en la agricultura, estamos comprometidos a luchar por estos derechos para todos los trabajadores migratorios, documentados o indocumentados.

Combatiremos para mejorar las condiciones de vida y de trabajo de todos los/as trabajadores/as migratorios.
Los gobiernos y los empleadores tienen asimismo el deber de respetar estos derechos.

1 Declaraci�n de Filadelfia
2 Los convenios colectivos habitualmente cubren las horas de trabajo, las tasas de pago por trabajo extraordinario, capacitaci�n, seguro por enfermedad y pago vacacional, etc.
3 Convenio 184 de la OIT sobre salud y seguridad en la agricultura
4 Convenios de la OIT (97) relativo a la migraci�n para el empleo y (143) relativo a los trabajadores migratorios en condiciones injustas y la promoci�n de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migratorios; Convenio Internacional de la ONU sobre la protecci�n de los derechos de los trabajadores migratorios y los miembros de sus familias.