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China: derechos de los trabajadores y el espejismo de la “reforma”

24.09.13 Editorial
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Las declaraciones de sindicatos y ONG presentadas para el próximo Examen Periódico Universal de la ONU  sobre el historial de los estados miembro, en materia de derechos humanos, brindan contundente evidencia de la implacable y sistemática represión de los derechos laborales y sindicales en la República Popular China. Las presentaciones de la Hong Kong Confederation of Trade Unions (HKCTU), CSI, Amnistía Internacional y Human Rights Watch entre otros, demuestran que en China, los trabajadores y trabajadoras que se organizan en defensa de sus intereses, hacen huelga o siquiera elevan peticiones al gobierno son despedidos, considerados delincuentes, detenidos de manera arbitraria  en “cárceles negras” –fuera del marco legal– o son sentenciados a trabajo penitenciario, con la complicidad de la All-China Federation of Trade Unions (ACFTU), que continúa siendo la única “organización de trabajadores” autorizada bajo la legislación existente.

Decenas de millones de migrantes que se dirigen del medio rural a los centros industriales urbanos –más de un tercio de la población urbana– sufren una discriminación sistemática y carecen de los derechos fundamentales a la residencia, la protección social y a la educación. Los activistas de derechos laborales y sindicales que procuran funcionar como ONG legales son objeto de vigilancia, multas y desalojos.

Las “reformas” jurídicas proyectadas para sugerir una convergencia con las normas internacionales en materia de derechos han sido esencialmente cosméticas y hasta retrógradas. El Artículo 73 de la nueva Ley de Proceso Penal legaliza efectivamente las “desapariciones” forzadas al permitir a la policía la detención de personas por hasta 6 meses en centros de detención no oficiales (“cárceles negras”), sin brindar información a los miembros de la familia sobre el paradero de las personas encarceladas o detenidas. Los indicios de modificación, de comienzos de este año, al sistema de reeducación a través del trabajo –un conducto por el cual el producto del trabajo de los presos ingresa, habitualmente, a las cadenas internacionales de suministros– significó sobre todo, un cambio de nombre: “corrección de comportamiento ilícito”.  Según Amnistía, la tortura continúa siendo “endémica” en China.

No se debe permitir que las nuevas vestiduras de ACFTU y su creciente habilidad para decir aquello que los sindicalistas que visitan China desean escuchar, opaquen la permanente labor del enorme aparato represivo estatal, ni lo indispensable del papel de ACFTU en esta maquinaria represiva.

La presentación de HKCTU al procedimiento de revisión contiene una lista no exhaustiva de trabajadores y activistas de los derechos laborales que en la actualidad cumplen penas de 2 años a cadena perpetua por su defensa de los intereses de la clase trabajadora. Sus casos y la urgente necesidad de un cambio democrático fundamental en China, son esenciales en la lucha por los derechos de los trabajadores en todo el mundo.